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ALGUNAS PERSPECTIVAS EN LIDERAZGO ESCOLAR / PRIMERA PARTE
gurando como uno de los países con menor autonomía del conjunto de
la OCDE (71,3%), seguido de Italia y Grecia. Por encima del 80% y hasta
el 90% de tareas asumidas por los centros se encuentran Bulgaria, Dinamarca, Letonia, Suecia, Estonia y Eslovaquia. Países Bajos, Reino Unido
y República Checa cuentan con un índice de autonomía por encima del
90%. Por último, también queremos señalar que, en posteriores informes a los reseñados, la OCDE tanto en Education at a Glance como en las
Evaluaciones PISA no ha vuelto a informar sobre la autonomía escolar.
Vamos a continuación a analizar si la reciente regulación normativa
de nuestro sistema educativo permite crear ese clima de autonomía pedagógica al que nos acabamos de referir.
EL ART. 122 BIS DE LA LOMLOE: UN CAMBIO SIGNIFICATIVO
Puede suceder en un primer análisis de los textos normativos referentes a la autonomía en la LOMLOE que la inicial impresión es que apenas
se ha producido variación alguna. Incluso uno puede observar que se ha
mantenido la numeración y denominación de los artículos de la LOMCE
del capítulo II.
Sin embargo, cuando se analizan los textos con atención se observan
cambios y omisiones de algunos párrafos que suponen un cambio signiocativo.
De manera particular es signiocativa la eliminación de los párrafos
o
3 y 4o de la LOMCE donde se trataba de poner en relación el proyecto
educativo de centro con la especialización que puede llegar a producir.
Así, la LOMCE enunciaba en el párrafo 3o algunas manifestaciones,
entre otras, de esa especialización: acciones tendentes a la especialización curricular, a la excelencia, a la formación docente, a la mejora del
rendimiento escolar, a la atención de alumnado con necesidades de apoyo educativo.
Añadía el texto que la gestión de dichas acciones supone para los centros el ejercicio de la autonomía, tanto en lo referente a la gestión de los
recursos humanos, como de los materiales y onancieros.
El párrafo 4o ponía en primera línea de capacidad de decisión y propuesta (autonomía) al director del centro, con deseo expreso de favorecer
el ejercicio de la función directiva, dotando a los directores de la necesaria autonomía de gestión.
En lo que se reoere a la capacidad en la gestión de los recursos humanos, la LOMCE quería dar un paso adelante, planteando que las decisiones de los directores se basen en el mérito y la capacidad, aunque
estableciendo en bastantes supuestos que sean aprobadas previamente